
Derecho Procesal Civil - Resoluciones judiciales 55e64
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Todo lo relativo a las resoluciones judiciales. Disposiciones comunes a todo procedimiento. 30432q
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Hola a todos y bienvenidos y bienvenidas a un nuevo episodio de Derecho Chileno para todos.
Hoy abordaremos un tema fundamental, la istración de justicia, las sentencias judiciales, qué son, cuáles son sus tipos, cómo se dictan y qué efectos tienen. Todo esto y demás lo analizaremos en detalle. Sin más dilación, entonces, vamos allá. Bueno, vamos con estas resoluciones judiciales que se encuentran en el Código de Procedimiento Civil.
Tenemos que agarrar el Código de Procedimiento Civil, libro primero, disposiciones comunes a todo procedimiento, título décimo séptimo, de las resoluciones judiciales. Así justamente se llama, de las resoluciones judiciales. Y el artículo que comienza, que da origen a esto, es el 158. Veamos lo que quiere decir el 158. Las resoluciones judiciales se denominarán sentencias definitivas, sentencias interlocutorias, autos y decretos.
Es sentencia definitiva la que pone fin a la instancia resolviendo la cuestión o asunto que ha sido objeto del juicio. Es sentencia interlocutoria la que falla un incidente del juicio estableciendo derechos permanentes a favor de las partes o que resuelven sobre algún trámite que debe servir de base en el procedimiento de una sentencia definitiva o interlocutoria.
Se llama auto la resolución que recae en un incidente no comprendido en el inciso anterior. Se llama decreto providencia proveído el que, sin fallar sobre incidentes o sobre trámites que sirvan de base para el pronunciamiento de una sentencia, tiene sólo por objeto determinar o arreglar la sustanciación del proceso. Vamos entonces con el análisis del artículo 158.
Establece los distintos tipos de resoluciones judiciales, es decir, sentencia definitiva, interlocutoria, autos y decretos, cada una con un rol específico. Vamos con la sentencia definitiva que es la resolución que pone fin al juicio y resuelve el problema jurídico planteado o la que pone fin a la instancia también. Por ejemplo, un juez dicta sentencia en un juicio civil condenando a una persona a pagar una deuda.
Es importantísimo que define los derechos y obligaciones de las partes y produce cosas juzgadas, es decir, una vez firme no puede volver a discusirse el mismo asunto salvo excepciones que ahí vamos a ver. Sentencia interlocutoria resuelve incidentes dentro de un juicio o asuntos que sirven como base para una sentencia definitiva o interlocutoria.
Y hay dos, una de primer grado que falla un incidente y otorga derechos permanentes a las partes y la segunda que resuelve un trámite necesario para la sentencia definitiva o interlocutoria también. Un ejemplo, una resolución que acepta o rechaza una excepción dilatoria, incompetencia del tribunal, una sentencia que determina si un contrato es nulo antes de dictar la sentencia final sobre una deuda también. Vamos con el auto. ¿Qué es el auto? Obviamente no es un automóvil, no estamos refiriendo a un automóvil. El auto es una resolución que resuelve un incidente menor que no está incluido en el concepto de sentencia interlocutoria.
Y finalmente el decreto providencia o proveído es una resolución de mero trámite cuyo propósito es ordenar la sustanciación del juicio sin fallar sobre incidentes o derechos. Por ejemplo, un decreto que señala notifíquese a las partes, traslado, agréguese el escrito al expediente, etc. Son esenciales para la gestión del juicio y no afectan directamente los derechos de las partes pero regulan el procedimiento. Importantísimo entonces este artículo 158. Ahora hay que tener ciertos elementos ya porque por ejemplo ya
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