
Real Decreto 896/1991 selección de funcionarios de la istración Local q575y
Descripción de Real Decreto 896/1991 selección de funcionarios de la istración Local 216jg
El texto presenta el Real Decreto 896/1991 de España, que establece las normas fundamentales y programas mínimos para la selección de funcionarios de la istración Local. Se detallan los sistemas de (oposición, concurso-oposición, concurso) y los requisitos esenciales que deben incluir las bases de las convocatorias, como la naturaleza de las plazas y los tipos de pruebas a superar, incluyendo ejercicios teóricos y prácticos. El documento también aborda la composición de los tribunales de selección y el proceso de publicación de convocatorias. Adicionalmente, se incluyen disposiciones sobre el personal funcionario interino y el personal laboral fijo, así como la derogación de normativas anteriores. 1m2t48
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Bienvenidos opositores a una nueva inmersión.
Preparados para desentrañar otro real decreto.
Listos para la acción.
Hoy nos vamos a sumergir en el real decreto 8961991, un texto fundamental si tu objetivo es la función pública local.
Sin duda.
Este decreto es la base para acceder a muchísimos puestos en ayuntamientos, diputaciones.
Es como el manual de instrucciones para conseguir ese trabajo que buscamos, ¿verdad? Exactamente.
Y aunque a veces la jerga legal nos pueda asustar un poco.
Un poco solo, ¿eh? Bueno, puede que un poco más, pero para eso estamos aquí, para traducirlo a un lenguaje más humano.
Desmenuzarlo artículo por artículo para que se entienda la perfección.
Y lo primero es con primero.
¿A quién va dirigido este decreto? No todos los puestos de la istración pública se rigen por este real decreto.
Cierto.
El artículo 1, ámbito de aplicación, nos delimita el terreno de juego.
Nos dice que este decreto se aplica a la selección de funcionarios de la istración local.
O sea que si aspiras a ser policía local, bombero, auxiliar istrativo.
O técnico de urbanismo, istrativo en un ayuntamiento.
En fin, la gran mayoría de los puestos en la istración local.
Este es tu decreto.
Exacto.
Pero ojo, porque hay algunas excepciones, como los puestos que se rigen por el artículo 92.3 de la ley 7 HALO, novedeno 85.
Efectivamente.
Esa ley regula las entidades locales y puede haber casos específicos que se salgan de este real decreto.
Pero en general, si estás opositando para un puesto en tu ayuntamiento, este decreto te interesa ni mucho.
Totalmente.
Perfecto.
Ya sabemos a quién va dirigido.
Ahora, la gran pregunta, ¿cómo se entra en la función pública local? ¿Hay una única vía? Pues no.
El artículo 2, sistemas de , nos presenta tres caminos.
Oposición, concurso, oposición y concurso.
Tres caminos, tres opciones.
Casi como elegir tu propio reality show de oposiciones.
Me gusta la analogía, cada sistema tiene sus propias reglas y sus propios retos.
A ver si lo he entendido bien, la oposición sería como un concurso de preguntas y respuestas.
Gana el que más sabe.
Exacto.
En la oposición lo que cuenta es demostrar tus conocimientos teóricos, normalmente a través de exámenes tipo test o desarrollo de temas.
Y el concurso oposición sería algo así como una prueba donde además de conocimientos, también se valora tu experiencia profesional.
Sí, señor.
Aquí el tribunal busca un perfil más completo, alguien que no solo domine la teoría, sino que también tenga experiencia en el campo.
Y por último, el concurso sería como un desfile de méritos donde el protagonista es tu currículum.
En el clavo, en el concurso, lo que se valora es tu trayectoria profesional, tu formación, los proyectos que has realizado.
Entiendo.
Entonces, lo primero es decidir qué camino nos conviene más según nuestras fortalezas y el puesto al que aspiremos.
Exacto.
No es lo mismo presentarte a una oposición para auxiliar istrativo que para técnico de urbanismo.
Cada puesto tiene sus propios requisitos y sus propias pruebas.
Claro.
Y una vez elegido el camino, hay que saber cómo prepararse para la batalla.
¿Y dónde encontramos las instrucciones para superar la prueba? Pues ahí entran en juego los artículos 3 y 4.
El artículo 3, bases de la convocatoria, nos dice que cada proceso selectivo tendrá unas normas específicas.
Esas normas se publican en la convocatoria, ¿no? Esa es nuestra Biblia.
Exactamente.
Ahí encontraremos todos los detalles sobre las pruebas, los requisitos, los plazos.
Y el artículo 4, contenido mínimo de las bases, nos da un pequeño adelanto de lo que encontraremos en la convocatoria.
Es como un mapa del tesoro que nos indica los puntos clave.
O sea, que nos dirá qué tipo de pruebas nos esperan, cómo se valorarán y qué peso tendrán los diferentes temas.
Exacto.
Y eso nos ayudará a preparar una estrategia de estudio.
Por ejemplo, el artículo 4 nos habla del tipo de pruebas, teóricas, prácticas o incluso psicotécnicas.
Las psicotécnicas pueden ser un hueso duro de roer para algunos opositores.
¿Podrías darnos algún ejemplo de lo que nos podemos encontrar en una prueba psicotécnica? Pues imagina que te presentan una serie de figuras geométricas y tienes que identificar la que nos sigue el patrón.
O te dan un texto con información contradictoria y te preguntan qué conclusión es la más lógica.
Ya veo, ya veo.
Son pruebas que buscan evaluar nuestra capacidad de razonamiento, nuestra atención, nuestra agilidad mental.
Efectivamente.
Pero con práctica y preparación se pueden superar.
Volviendo al artículo 4, también nos habla del peso de las materias comunes y específicas.
¿Esto qué significa? Pues significa que no todas las materias tienen la misma importancia en el examen.
Algunas tendrán más peso que otras.
Dependiendo del puesto al que aspiremos, claro.
Exacto.
Por ejemplo, si aspiras a un puesto en la istración general, dos quintas partes del examen se centrarán en materias comunes.
Dos quintas partes.
Eso es casi la mitad del examen.
¿Cuáles son esas materias comunes? Pues las de siempre.
Constitución española, régimen local, derecho istrativo.
Los clásicos.
Esos temas que hay que dominar sí o sí.
Y las otras dos quintas partes se centrarán en tareas propias de la istración general.
O sea, que además de la teoría, también se valorarán las habilidades prácticas.
Exactamente.
Gestión de riesgo.
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