Blockchain y Derecho 85t1e

13/05/2025

La tecnología de registros distribuidos (por sus siglas angloamericanas, DLT), y su variante más...

La tecnología de registros distribuidos (por sus siglas angloamericanas, DLT), y su variante más conocida (blockchain o cadena de bloques) transforman la mayoría de los modelos de negocio, amenazando incluso la pervivencia del empleo y de las empresas cuando su funcionamiento involucra, compromete o se basa habitualmente en sistemas centralizados de gestión, mediación, cesión o simple intercambio de datos. Banca, bolsas, mercados, empresas de inversión, operadores jurídicos de dación de fe y registración, corredores y gestores de información, entre otros muchos sectores económicos, están incluso en riesgo de desaparición gracias a la "confianza automática" que brinda el registro instantáneo, inmutable y compartido (descentralizado o "distribuido") de datos en una cadena de bloques de información encriptada o "tokenizada".

Lo que, unido al reto general de la digitalización propiciado por industrias y tecnologías conexas (IoT, IA, macrodatos, metaverso...) explica fácilmente las dimensiones de los retos jurídicos que plantea la implantación de modelos y sistemas de negocio basados en el uso de la DLT. Entre otros, el rol de los nuevos intermediarios (gestores de claves, cambistas de criptoactivos, plataformas descentralizadas de contratación) y la adaptación de los regímenes jurídicos sectoriales afectados a la transformación profunda de sus procesos y procedimientos operativos, y de sus recursos humanos y técnicos asociados.

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